Programa nacional para pacientes con patologías crónicas prevalentes
Este Programa da cobertura a los afiliados con patologías crónicas prevalentes, estableciendo mayores descuentos en la adquisición de medicamentos para dichas patologías.
¿En qué porcentaje se amplió la cobertura de medicamentos para enfermedades crónicas más frecuentes?
La cobertura de medicamentos para patologías crónicas más frecuentes aumentó de un 40% a un 70%. (Resolución 310/04 M.S., Resolución 758/04 M.S. y Resolución 82/05 MSyA)
Se amplió la cobertura sobre el precio de referencia de aquellos medicamentos destinados a las enfermedades de curso crónico y gran impacto sanitario, que requieren de modo permanente y/o recurrente del uso de fármacos.
¿La cobertura es del 70% del precio de venta al público de cualquier medicamento?
No, con el fin de contribuir a una mayor y más clara elección por parte de los afiliados, la Resolución 310/04 –MS-, establece que el porcentaje de cobertura se aplica sobre el precio de referencia.
Por lo tanto varía según sea la marca, laboratorio y forma de presentación elegida para un mismo medicamento, pudiendo ser superior o inferior al 70%.
¿Cuáles son las enfermedades crónicas más frecuentes contempladas en este Programa?
Enfermedades Cardiovasculares y Tratamientos de Prevención primaria o secundaria:
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+Hipertensión Arterial Esencial
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+Hipertensión Arterial Secundaria
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+Insuficiencia Cardíaca
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+Arritmias
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+Terapéutica Antiagregante
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+Prevención Primaria de la Cardiopatía Isquémica
Enfermedades Respiratorias:
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+Asma Bronquial
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+Fibrosis Pulmonar
Enfermedades Neurológicas
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+Enfermedad de Parkinson
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+Epilepsia
Enfermedades Psiquiátricas
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+Trastorno Bipolar
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+Psicosis orgánicas
Enfermedades Inflamatorias Crónicas y Enfermedades Reumáticas
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+Gota Crónica
Enfermedades Oftalmológicas
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+Glaucoma
Enfermedades Endócrinas
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+Hipertiroidismo
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+Hipotiroidismo
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+Dislipemias
Que tramite debo realizar si padezco de alguna patología crónica?
Para recibir el asesoramiento adecuado, te recomendamos que primero te acerques a la Delegación de la OSADEF.
Deberás completar un Formulario a tal fin (visualizar opción Formulario a la derecha de esta página) con tu médico de cabecera y presentarlo al médico auditor de la OSADEF, en la Delegación más cercana a tu domicilio, además deberás adjuntar el Resumen de Historia Clínica y la/s Prescripciones de la medicación correspondiente.
La renovación de este formulario es obligatoria y deberá hacerse cada seis (6) meses. Es importante que en el formulario completes todos los datos requeridos correctamente y con letra clara, para evitar demoras en el trámite.
Luego la OSADEF, una vez autorizado el trámite, te informara y te designara una farmacia, donde puedas retirar la medicación indicada con el recetario.